jueves, 18 de julio de 2013

Dispensa del precepto festivo del día de Santiago Apóstol



Nos, Don BERNARDO ÁLVAREZ AFONSO, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica, Obispo de San Cristóbal de La Laguna, Tenerife.

         Habiendo sido declarado como laboral por el Gobierno de Canarias el 25 de Julio, día en que la Iglesia celebra la fiesta de Santiago Apóstol señalada como de precepto, y teniendo en cuenta las dificultades que para muchos fieles supondría el cumplimiento del mismo, tenemos a bien determinar:
1)              En virtud de nuestras facultades (c. 87) dispensamos por este año a los fieles de Nuestra Diócesis del precepto festivo de dicho día.
2)              Dada la singular figura de Santiago Apóstol en la Iglesia y la profunda y popular devoción que goza en el pueblo cristiano, recomendamos a nuestros fieles que participen ese día en la celebración de la Eucaristía si pudieran hacerlo. Y en todo caso, honrar su memoria con algún otro acto.
Dado en San Cristóbal de La Laguna, a 18 de julio de dos mil trece.

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